miércoles, 14 de septiembre de 2016

¿EN QUÉ CONSISTE EL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG-SST)?

El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) abarca una disciplina que trata de prevenir las lesiones y las enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, además de la protección y promoción de la salud de los empleados.
Tiene el objetivo de mejorar las condiciones laborales y el ambiente en el trabajo, además de la salud en el trabajo, que conlleva la promoción del mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los empleados.

Consiste en realizar un desarrollo de un proceso lógico y por etapas, se basa en la mejora continua, con el fin de anticipar, reconocer, evaluar y controlar todos los riesgos que puedan afectar a la seguridad y la salud en el trabajo.

El SG-SST debe ser liderado e implantado por el jefe, con la participación de todos los empleados, garantizando la aplicación de las medidas de seguridad y salud en el trabajo, el mejoramiento del comportamiento de los empleados, las condiciones y el medio ambiente laboral, y el control eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo.

Siendo un sistema de gestión, sus principios deben estar enfocados al ciclo PHVA (planificar, hacer, verificar y actuar).

Planificar: se debe planificar de forma que se mejore la seguridad y la salud de los empleados, se deberán localizar las cosas que se realizan mal o se pueden mejorar y determinando ideas para solucionar estos problemas.

Hacer: se deberán implementar las medidas planificadas.

Verificar: se deberá realizar una revisión de los procedimientos y acciones implantas para conseguir los resultados deseados.

Actuar: se deberán realizar las acciones de mejora para obtener los mayores beneficios en la seguridad y la salud de los empleados.

OBLIGACIONES DE LOS JEFES.  El jefe se encuentra obligado a proteger la seguridad y la salud de sus empleados, acorde con lo establecido en la normatividad vigente.

Dentro del SG-SST el jefe tendrá, entre otras, las siguientes obligaciones:

  • Definir, firmar y divulgar la política de seguridad y salud en el trabajo.
  • Rendir cuentas a las personas que conforman la organización.
  • Cumplir con los requisitos normativos.
  • Realizar el plan de trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo.
  • Fomentar la participación de los empleados.Asignar los responsables y comunicarlo a todos los miembros de la organización.
  • Definir y asignar los recursos necesarios para establecer, mantener y mejorar el SG-SST.
  • Gestionar los riesgos y los peligros que se puedan dar en la organización.
  • Prevenir los riesgos laborales.
  • Darle rumbo al SG-SST en la organización.
  • Integrar los aspectos de seguridad y salud en el trabajo, al conjunto de sistemas de gestión, procesos, procedimientos y decisiones de la organización.

OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN EN CUANTO A RIESGOS LABORALES. De forma independiente a las obligaciones estipuladas en el Sistema General de Riesgos Laborales, las administraciones de riesgos laborales deben:
  • Capacitar al vigilante de seguridad y salud en el trabajo en los aspectos relativos al SG-SST.
  • Prestar asesoría y asistencia técnica a las organizaciones afiliadas, para implementar el SG-SST.
  • Realizar la vigilancia delegada del cumplimiento del SG-SST e informar a las direcciones territoriales los casos en los que la evidencia no ofrezca cumplimento por parte de sus organizaciones filiadas.
RESPONSABILIDADES DE LOS TRABAJADORES.  Los empleados deberán tener las siguientes responsabilidades en cuanto a la seguridad y salud en el trabajo:
  • Procurar el cuidado integral de nuestra salud.
  • Suministrar información clara, veraz y completa sobre nuestro estado de salud.
  • Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión en el Trabajo.
  • Informar de manera oportuna al jefe sobre los peligros y los riesgos que pueden encontrar en su puesto de trabajo.
  • Participar en las actividades de capacitación en seguridad y salud definido dentro del plan de capacitación del SG-SST.
  • Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del SG-SST.
ELABORAR Y CONSERVAR LA DOCUMENTACIÓN DEL SG-SST.  La documentación corresponde al SG-SST puede ser recogida en formato físico, electrónico o una combinación de éstos y debe estar en custodia del responsable del SG-SST. Se debe garantizar la confidencialidad de los documentos, acorde con la normatividad legal vigente.

Las organizaciones deben conservar los registros y documentos que soportan el SG-SST teniendo en cuenta lo siguiente:
  • La conservación de los documentos debe ser de manera controlada.
  • Se debe garantizar que los documentos sean legibles, fácilmente identificables y accesibles, aunque protegidos.
  • El responsable del SG-SST tiene acceso a todos los documentos y registros exceptuando el acceso a las historias clínicas ocupacionales de los empleados cuando no tenga perfil de médico especialista en seguridad y salud en el trabajo.
  • La conservación puede hacerse de forma electrónica siempre y cuando se garantice la preservación de la información.
Los siguientes documentos y registros del SG-SST deben ser conservados por un período mínimo de veinte años, contados desde el momento en que cese la relación laboral del trabajador con la organización:
  • Los resultados de los perfiles epidemiológicos de salud y los conceptos de los exámenes de los trabajadores.
  • Cuando la organización cuenta con un médico especialista, obtendrá resultados de los exámenes realizados.
  • Los resultados de la mediciones y el monitoreo de los ambientes de trabajo.
  • Registros de las actividades de capacitación, formación y entrenamiento.
  • Registrar el suministro de los elementos y los equipos de protección personal.
Para los demás documentos y registros, los jefes deberán elaborar y cumplir con un sistema de archivo o retención documental, siempre se debe encontrar acorde a la normatividad vigente y las políticas de las organizaciones.

Tomado de: https://www.isotools.org

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