A la hora de aplicar MECI es necesario seguir una serie de etapas en la Implementación del Modelo Estándar de Control Interno.
Como bien conocemos, el Modelo Estándar de Control Interno (MECI) es un instrumento al servicio de la Administración Pública, a través del cual, éstas pueden mejorar la gestión de sus operaciones en términos de calidad.
MECI unifica en un mismo documento, el conjunto de requisitos a considerar en materia de control interno.
Entre estos criterios recogidos en MECI destacamos los siguientes:
- Criterios a aplicar en el establecimientos de políticas y métodos aplicados para evaluar, controlar y prevenir.
- Opciones y métodos para la búsqueda de la mejora continua en calidad con el objetivo de que los organismos pueden conseguir sus objetivos.
Pues bien, de acuerdo a los requisitos recogidos en dicho Modelo Estándar de Control Interno, las organizaciones colombianas pertenecientes al Sector Público, deberán establecer, documentar, así como implementar y dar mantenimiento a su Sistema de Control Interno, tratando de mejorar de manera continua su eficacia, eficiencia y efectividad.
En este sentido, para lograr la implementación del citado Sistema de Control Interno siguiendo los requisitos de MECI, es necesario seguir una serie de etapas, que recogemos a continuación.
Etapas en la Implementación del Modelo Estándar de Control Interno (MECI)
Etapa 1: Planear el Diseño e Implementar el Sistema de Control Interno
En esta primera etapa, llevaremos a cabo las siguientes actividades:
- Establecimiento del compromiso por parte de la Dirección.
- Detallar cómo será la estructura del Equipo de Trabajo.
- Indicar los niveles identificados en la implementación del Sistema de Control Interno o ajuste del actual a los requisitos de MECI.
- Definir el Plan de Trabajo a seguir para realizar el Diseño y la Implementación. Esto implica, establecer normas de funcionamiento y actividades con el correspondiente cronograma, asignar de forma correcta las responsabilidades, así como los recursos necesarios para poder llevar a cabo las actividades.
Etapa 2: Diseñar e Implementar el Sistema de Control Interno
Para llevar a cabo esta etapa, es necesario que previamente se realice la adecuada evaluación que permita determinar si existe o se está desarrollando e implantando los elementos de control en la institución pública en cuestión.
Igualmente, debemos definir las actividades a realizar así como el responsable concreto que se encargará del diseño, ajuste e implantación siguiendo los métodos y procedimientos definidos para este fin por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP).
Etapa 3: Evaluar la implantación del Modelo Estándar de Control Interno (MECI)
La tercera de las etapas en la Implementación del Modelo Estándar de Control Interno (MECI), implica la necesidad de evaluar de manera continua el proceso de Diseño, de Desarrollo y de Implementación del MECI para garantizar que el Sistema de Control Interno de la Entidad mantiene su efectividad.
Esta etapa será realizada por la Oficina de control interna, la Unidad de Auditoría Interna o quien designe el organismo público en cuestión.
Etapa 4: Definir el Normograma del Sistema de Control Interno
Por último, la institución en cuestión, debe definir el normograma a seguir con el objetivo de asegurar el control de cumplimiento.
Este normograma debe contener las normas tanto de carácter constitucional, legal como reglamentario, sin olvidar las normas de autorregulación.
Así pues, mediante el desarrollo de MECI, verificará el cumplimiento de las anteriores normas.
Tomado de: http://www.isotools.com.co/